Vuelve la ley HADOPI en Francia

La ley HADOPI francesa, también conocida como la three-strikes-law, aquella que iba a vigilar que los ciudadanos franceses no se descargasen contenido protegido por derechos de autor, y que a la tercera infracción podría suponer la retirada de la conexión a internet, ha vuelto, después de ser aprobada por el Senado y la Asamblea Nacional francesa.

En su momento fue rechazada por el Tribunal Constitucional francés, por ser una autoridad administrativa y no judicial la encargada de determinar la veracidad de las infracciones y aplicar el castigo. Ahora la nueva ley HADOPI, llamada así por el acrónimo que da nombre a la agencia encargada de investigar a los internautas franceses, sí que incluye la intervención judicial en el proceso. Esto limita la posibilidad de abuso de una ley que en sí misma resulta desproporcionada, y que ahora, diputados socialistas franceses han llevado otra vez al Tribunal Constitucional, aduciendo que la ley potencialmente atenta contra la libertad de expresión.

A pesar de todo, el Gobierno Francés cuenta con designar a los miembros de HADOPI en Octubre y que la agencia esté en funcionamiento en Enero de 2010, cuando sean enviadas las primeras advertencias a internautas.

El colectivo La Quadrature du Net, una organización activista francesa que trabaja en temas relacionados con los derechos de autor, propiedad intelectual y neutralidad de la red, en Francia y en la Unión Europea, resume así las razones por las cuales esta nueva ley HADOPI, igual que la anterior, atenta contra las libertades de los ciudadanos:

First of all, HADOPI 2 fails to guarantee the right to a due process. Instead of giving sanction powers to an executive agency, as HADOPI 1 did, it makes possible to judge copyright infringements and order Internet cutoff through a “simplified judicial procedure”. This procedure does not include any contradictory debate or public hearing, and all kind of prior judicial investigation will be left out. Moreover, the Internet cutoff can be ordered as a complement for a standard fine for “negligence” in securing one’s Internet access.

Second, alleged infringers would still be convicted on the sole basis of IP addresses that cannot be considered as valid evidence, and which are collected by private actors. And since one has no material way of opposing the validity of these “evidences”, this new version of the graduated response still clearly violates the presumption of innocence. It is now up to the Constitutional Council to examine the law, and draw the necessary conclusions.

LOPD no es aplicable a cámaras que no graben imágenes

Según leo en el blog de Samuel Parra, dedicado a protección de datos personales, la Ley Orgánica de Protección de Datos no sería de aplicación en el caso de instalaciones de videovigilancia que no generen un archivo de vídeo. Sí será de aplicación la Ley Orgánica de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.

Samuel Parra llega a esta conclusión analizando sentencias de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo en las que se sigue esta doctrina de existencia de fichero para aplicar la LOPD. El ejemplo más famoso es el de los Libros de Bautismo de la Iglesia Católica.

Sousveillance

A partir de un juego de palabras con el vocablo inglés y francés Surveillance, Steve Mann comenzó a hablar de Sousveillance, o vigilancia inversa, en la que son los vigilados los que redirigen su mirada hacia aquellos que les controlan.

Por ejemplo, este blog es un ejemplo de vigilancia inversa. O los grupos que se dedican a monitorizar y controlar los abusos de la policía, y en general cualquier grupo activista por privacidad y derechos civiles estará haciendo un trabajo de vigilancia inversa.

Históricamente esta función, sobre todo en países anglosajones, la ejercía la prensa, que vigilaba y hacía públicos los movimientos de los políticos. Aunque muchos de los proyectos activos de seguimiento al poder político siguen naciendo de los medios, ahora es mucho más accesible para cualquiera el ejercer esta función, gracias a la disponibilidad de herramientas que facilitan colaborar en la recopilación y en la difusión y visualización de datos.

El problema en España es la falta de datos públicos sobre los movimientos de nuestros representantes políticos. No existe aquí una ley de transparencia de información como en UK o USA que permita a cualquiera solicitar la publicación de datos o documentos y que obligue a la administración a responder, como sí ocurre en muchos países europeos.

¿Conoces algún proyecto español de sousveillance? Pásanos el enlace en los comentarios.

¿será todo pose?

La Administración empieza a perseguir la videovigilancia filtrada en Internet

El número de cámaras registradas se multiplica por mil en cuatro años

MÓNICA CEBERIO BELAZA – Madrid – 16/04/2009 ELPAIS.com
¿Cómo se controla la seguridad en los sistemas de videovigilancia que los particulares colocan en sus empresas, locales, casas, o balcones para evitar que las imágenes acaben en Internet ante la vista de cualquier curioso? Hasta el momento, de ninguna manera. Sólo había denuncias ciudadanas. La Agencia de Protección de Datos ha comenzando a abrir expedientes sancionadores contra todos aquellos casos que llegan a su conocimiento. Por el momento sólo hay siete procedimientos abiertos. Pero ese número no es nada comparado con el número real de sistemas de videovigilancia que carecen de medidas de seguridad básicas: según un informe de septiembre de 2008 de la Asociación de Internautas, el 60% de las cámaras conectadas a Internet están abiertas.

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